El reconocimiento expreso de la falta en que incurre un infractor es uno de los requisitos fundamentales para evitar ser sancionado
En el marco de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley Antilavado), se establece un beneficio importante para los infractores que realizan actividades vulnerables.
De acuerdo con un texto publicado por Fiscalia, la Ley Antilavado, en su Artículo 55, establece que la no imposición de sanciones es posible por única ocasión cuando se cumplen ciertas condiciones específicas.
El texto indica que el reconocimiento expreso de la falta en que incurre un infractor, que no haya cumplido con sus obligaciones en relación con la prevención del lavado de dinero, es uno de los requisitos fundamentales para evitar ser sancionado.
Este reconocimiento se satisface mediante el cumplimiento extemporáneo y espontáneo de la obligación omitida, siempre y cuando dicho cumplimiento ocurra antes del inicio de las facultades de verificación por parte de la autoridad.