Uno de los derechos laborales a los que las personas trabajadoras del sector formal mexicano tienen acceso, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), es el descanso, ya sea traducido en el día de descanso semanal, los días feriados y las vacaciones.
Bajo este entendido, con relación a las vacaciones, una de las dudas más frecuentes que tienen los trabajadores del sector formal mexicano es si estos días de recreación se pueden acumular o se caducan al paso de los años al no tomarlas.
Es de este modo que, de acuerdo con la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), en el documento de Vacaciones ¡Es tu derecho!, en caso de que un trabajador no tome sus vacaciones al llegarse la fecha de su ingreso a la empresa, tendrá solamente 6 meses, siguientes al cumplimiento del año de servicios, para poder hacerlas efectivas.
Y es que, en caso de no tomar las vacaciones dentro del rango de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicios para la empresa o el patrón determinados, el trabajador ya no podrá reclamar estos días de asueto.