Preparación cierre anual
La preparación para un cierre anual se debe de llevar a partir del primero de enero de cada ejercicio, un punto sustancial es la identificación de los ingresos ya que es la partida fuente que se va reflejando mes con mes en los pagos provisionales.
Conciliación de CFDI.
Es importante hacer un comparativo de lo que se tiene en los registros contables con lo que existe timbrado en la plataforma del SAT (Ingresos, Egresos, Nómina, Pagos o Traslado) de tal manera que se puedan identificar diferencias y hacer un análisis. Comprobar que las retenciones efectuadas y pagadas sean las mostradas en CFDI.
Deducciones.
Deben cumplir con las obligaciones que se establecen en la normativa, se debe verificar que los comprobantes fiscales cumplan con los requisitos respectivos.
Inventario anual
Es obligatorio para las personas morales y las Físicas con actividades empresariales levantar inventario Físico de existencia a la fecha en que termine el ejercicio fiscal, obtener evidencia suficiente que nos permita verificar con exactitud las existencias físicas y lo que se muestra en los registros contables.
Nóminas
Por concepto de nóminas identificar que conceptos de ley están pagando a los empleados, la parte exenta y aquellas prestaciones adicionales que traen una implicación de deducción, debe de estar soportada por un comprobante fiscal (CFDI) con los requisitos y versiones que las disposiciones fiscales prevén.
Viáticos
Verificar que se hayan mostrado en los CFDI de nómina viáticos entregados a los trabajadores correctamente conforme lo establecido en la guía del SAT.
Deducción de Inversiones
Se recomienda tener un expediente de los activos e identificar si son para efecto de gasto o para el costo de venta y verificar que los porcentajes estén aplicados correctamente de acuerdo a las NIF y a lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Otros Pagos
Verificar que los pagos al extranjero, pago de dividendos, reducción de capital, enajenación de acciones, intereses estén bien documentados (CFDI) y soportados.
Personas Morales
Deben presentar las Personas Morales con Ingresos Acumulables del título II de la LISR ingresos acumulables iguales o superiores a $ 755´898,920 pesos, además aquellos que tengan colocadas entre el gran público inversionista o en bolsa de valores.
Operaciones con residentes en el extranjero
Residentes en México respecto de operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Quedan relevados de presentar los contribuyentes cuyo monto total de operaciones con residentes en el extranjero en el ejercicio sea inferior a $100 millones de pesos.
Fecha Límite
Deben cumplir a más tardar el 31 de marzo de 2019, fecha en que deben presentar la declaración anual de ISR correspondiente al ejercicio fiscal 2018.
Atte.
Contadora Rosalba Paredón Mejía
Gerente de Consultoría