El 25 de septiembre de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la versión 3.0 del Complemento Carta Porte (CCP) del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
De acuerdo con un análisis de Fiscalia, la nueva versión del Complemento Carta Porte tiene diversos cambios.
La consultora destaca que entre las dudas que generaron los cambios, se encuentra una relacionada con un nuevo dato obligatorio que se solicita. Se trata de un identificador del Complemento Carta Porte, denominado IdCCP.
En el texto se indica que la explicación técnica del nuevo estándar del CCP 3.0, establece que este campo es para expresar los 36 caracteres del folio del complemento Carta Porte (IdCCP) de la transacción de timbrado conforme al estándar RFC 4122, para la identificación del CFDI con complemento Carta Porte.
Al referirse al estándar RFC 4122, no es algo que tenga relación con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), sino que se trata del estándar para la creación de identificadores únicos, conocidos como UUID (Universally Unique Identifiers) o también llamados GUID (Globally Unique Identifiers) en el contexto de Microsoft.
Un UUID es un número de 128 bits que se utiliza para identificar información de manera única en sistemas informáticos. El RFC 4122 es el documento que define el estándar y las técnicas para generar UUID, asegurando que sean únicos en todo el mundo, sin necesidad de un sistema central de coordinación. Un ejemplo de un UUID es el siguiente:
Los contribuyentes pueden estar familiarizados con este dato, puesto a que cada Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que se timbra en México se le asigna uno, y se le conoce como “folio fiscal”. Este folio es asignado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), o bien, por el proveedor autorizado de certificación (PAC).
En el artículo también se expone que la explicación técnica del nuevo campo IdCCP señala que se trata del folio del CCP de la transacción de timbrado, para la identificación del CFDI con CCP.
Cabe aclarar que el CCP no se timbra sólo, sino este complemento debe incorporarse a un CFDI ya sea de ingreso (tipo “I”) o de traslado (tipo “T”).
Por eso, Fiscalia considera que esto resulta confuso, al menos con la información disponible al día de hoy, cómo es que se va a incorporar un UUID adentro del complemento.
Dado que este dato es requerido para formar la “cadena original” del CFDI con CCP, que se requiere para generar el sello digital del comprobante, resulta indispensable que este dato ya exista desde antes de timbrarse.
Del análisis realizado por Fiscalia, todo parece indicar que será obligación del emisor de la Carta de Porte generar un UUID de manera propia (con sus propios sistemas), para que quede como identificador único del CCP, y que sea incorporado a la cadena original como un dato más.
Por eso, Fiscalia dice que el SAT debe hacer una aclaración sobre el estándar con el que este IdCCP se debe generar.
-Con información de El Contribuyente