Especialistas recomiendan especificar en el campo “concepto” o “descripción” del formulario bancario que se trata de un traspaso entre cuentas propias al realizar transferencias electrónicas
El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario, que los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no correspondan a registros de su contabilidad que esté obligado a llevar, son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deben pagar contribuciones. Esto lo establece el Artículo 59, fracción III, del CFF.
Existen diversos documentos probatorios que los contribuyentes deben obtener a fin de comprobar traspasos entre cuentas y refutar así la determinación presuntiva realizada por la autoridad.
cuando la autoridad realice la determinación presuntiva de contribuciones a un contribuyente por aquellos depósitos que correspondan a traspasos entre cuentas, es obligación de éste aportar la documentación idónea para demostrar que dichos depósitos y registros contables provienen de un concepto distinto al determinado por la autoridad fiscal.
Documentos que deberá proporcionar
La misma jurisprudencia enlista diversos documentos que los contribuyentes pueden aportar, entre los que se encuentran los siguientes:
una práctica recomendable es que, tratándose de transferencias electrónicas, el contribuyente incluya, en el campo “concepto” o “descripción” del formulario bancario para la transferencia, la indicación de que se trata de un traspaso entre cuentas propias.
Con lo anterior, se aporta un elemento para demostrar que, desde el momento en que se realizó la operación, se trata de dinero propio que no incrementó el patrimonio.
Además, señaló que lo ideal es adoptar prácticas de registro y de trazabilidad de documentos y del dinero, de manera que se tengan mayores elementos para demostrar que los traspasos entre cuentas propias no se tratan de un incremento patrimonial, sino que es movimiento de dinero propio.