Después del dentista, uno de los sitios donde pocos quieren ir, son las oficinas del SAT. Y no solamente por las posibles cargas fiscales o multas, sino por lo engorroso que parecen ser algunos trámites. Sin embargo, lo peor que puedes hacer es evadir tus obligaciones fiscales.
Recientemente, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) advierte sobre dos categorías primordiales de deudas que pueden surgir ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT):
- Adeudos federales: Esta clasificación abarca impuestos no saldados como el ISR (Impuesto Sobre la Renta), el IVA (Impuesto al Valor Agregado) y otros relacionados con la materia aduanera.
- Adeudos locales: Se refieren al incumplimiento en el pago de tenencia, predial o impuestos de nómina.
¿Cómo saber si se adeuda al SAT?
Para aquellos desconocedores de su situación fiscal, la CONDUSEF recomienda revisar en línea a través del portal del SAT, donde se puede consultar y pagar adeudos de manera sencilla.
Consecuencias de la falta de pago:
El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear graves consecuencias, tales como:
- Reporte de adeudos fiscales ante el Buró de Crédito y Círculo de Crédito, afectando el historial crediticio.
- Bloqueo de cuentas bancarias y de inversión por parte del fisco.
- Inicio de un Procedimiento Administrativo de Ejecución, que puede desembocar en el embargo de bienes.
- Cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), imposibilitando la facturación y cobro por servicios.
- Uso de devoluciones de impuestos pendientes para saldar créditos fiscales.
Para aquellos que buscan regularizar su situación, la CONDUSEF aconseja identificar y calcular el monto de la deuda, considerando la opción de solicitar al SAT un plan de pagos mensuales manejable.
https://www.msn.com/es-mx/dinero/noticias/atenci%C3%B3n-contribuyentes-condusef-alerta-sobre-dos-tipos-de-deudas-con-el-sat/ar-AA1nMTf8?ocid=hpmsn&cvid=5443fbb07f0548cab94859d84d421fbd&ei=33