Las personas que tienen propiedades, comocasas o locales comerciales, tienen la opción de poner en renta estos espacios para procurarse un ingreso extra, pero con estas percepciones se adquieren nuevas obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que determina el Código Fiscal de la Federación(CFF) y que de un año a otro puede presentar modificaciones. Hoy te contaremos los trámites y deberes que tienes si alquilas tus bienes inmuebles para que te evites problemas con el organismo recaudador de impuestos, que forma parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Entre las obligaciones de los arrendadores, ya sea de casas habitación, departamentos o locales para comercios, la legislación como el CFF o la Ley del Impuesto Sobre a Renta(LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) establecen que se debe aportar al fisco la proporción correspondiente del IVA e ISR, además de darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con el Régimen fiscal correcto, además de reportarse con la respectiva Declaración de Impuestos, ya sea en períodos mensuales, trimestrales o al año, con la Declaración Anual de Impuestos que se hace al concluir el Ejercicio Fiscal.
En estas declaraciones se informa periódicamente al SAT de las operaciones que se desarrollan en el lapso al que se refieren, para que la dependencia determine el pago de los impuestos que tocará a la persona física o moral en cuestión, y en caso de que las tributaciones rebasen lo solicitado y arrojen un balance positivo, se podrá pedir la Devolución del Saldo a Favor.
Pero antes de llegar a ese punto, te explicamos cuánto tendrás que pagar a la autoridad fiscal por tus ingresos obtenidos de la renta de tus propiedades y cómo se calculan las cuotas del IVA e ISR para llevar la fiesta en paz con la dependencia.
Ahora, en lo que refiere al pago de ISR, será necesario que el arrendador esté al pendiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de las tablas que cada año se actualizan para que las personas físicas tengan la referencia, como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal, para quienes perciban desde 476 pesos al mes y hasta más de 375 mil 795 pesos en el mismo plazo.
Basándose en el nivel de ingresos se fija el cobro de ISR que puede llegar al 32% y en el caso de los pagos cada trimestre se refiere a quienes reciben de sus rentas de 2 mil 238.13 pesos y hasta los 1.127 millones de pesos o más.
En la tabla de ISR deberás localizar el rango de ingresos al mes en el que te encuentres, donde cada categoría se identifica con un renglón identificado por números romanos. Allí se indica la cuota fija que se tiene que tributar al fisco de los ingresos de tus rentas, además de la tasa que se aplica sobre los excedentes.
Para saber exactamente cuánto pagar de ISRubicas tu rango y a tus ingresos le restas la cantidad señalada como límite inferior de ese mismo renglón. Así, pagarás la cantidad resultante de sumar esa diferencia más la cuota fija que dice la tabla para el renglón, es más sencillo de lo que piensas.
Si lo que buscas es ahorrar, recuerda que Amazon siempre tiene descuentos en miles de productos. Ingresa a este ENLACE para conocer sus promociones.
-Con información de MI BOLSILLO