“En términos jurídicos y constitucionales, la medida (el congelamiento) no resiste el escrutinio judicial (…) Al inicio, la intención de esta administración fue dar golpes mediáticos con el tema del bloqueo de cuentas, pero por la vía de las resoluciones judiciales, estos supuestos golpes no dejaron ni un moretón”.
Jorge Lara Rivera, especialista en lavado de activos.
Si bien este gobierno se ha caracterizado por dar golpes mediáticos respecto al congelamiento de cuentas en el sistema financiero a personas señaladas por actos ilícitos, especialmente de corrupción, lo cierto es que los procesos jurídicos para mantener los recursos congelados no son lo suficientemente robustos para que esta medida sea eficaz en el combate al lavado de dinero, coincidieron especialistas.
De acuerdo con la estadística pública de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), tan sólo del inicio de este gobierno a enero pasado, se ha ordenado el congelamiento de 43,578 cuentas en el sistema financiero, las cuales representan un monto total de 33,900 millones de pesos.
Sin embargo, debido a los procedimientos jurídicos disponibles para revirar esta medida por parte de la UIF, se han desbloqueado 6,724 cuentas que suman un total de 20,241 millones de pesos. Es decir, que del monto total que ha ordenado esta unidad congelar durante esta administración, 59% no ha podido mantenerlo bloqueado debido a que los afectados por esta medida han recurrido a procedimientos legales como la garantía de audiencia o el juicio de amparo.
Para especialistas, que la UIF no pueda mantener estos recursos bloqueados a personas con indicios de operaciones ilícitas dentro del sistema financiero, es una señal de que el proceso de congelamiento de cuentas no tiene la robustez legal necesaria para mantener congelados los recursos, lo que deriva en una falta de efectividad en los procesos judiciales que se inician por lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
“En términos jurídicos y constitucionales, la medida (el congelamiento) no resiste el escrutinio judicial (…) Al inicio, la intención de esta administración fue dar golpes mediáticos con el tema del bloqueo de cuentas, pero por la vía de las resoluciones judiciales, estos supuestos golpes no dejaron ni un moretón”, comentó Jorge Lara Rivera, abogado especialista en prevención e identificación de lavado de activos.
Manuel Vélez, subdirector de Investigación del Observatorio Nacional Ciudadano apuntó que, si bien el congelamiento de activos es una medida cautelar de corto plazo ante un posible ilícito, el descongelamiento de recursos podría afectar los procesos de decomiso, abandono o extinción de dominio de activos obtenidos con recursos ilícitos, medidas que son fundamentales para el combate al lavado de dinero.
“Podemos ver la pérdida de eficiencia de la UIF para sostener esta medida de congelamiento. Empezamos a notar que a pesar de existir esta política más activa de empezar a bloquear y meter a personas a la Lista de Personas Bloqueadas y a terceros relacionados, pues estas medidas no se sostuvieron frente a los mecanismos de defensa con los que cuentan las personas: que es el juicio de amparo y la garantía de audiencia”, destacó Vélez.
El congelamiento de cuentas se aplica cuando la UIF ordena a las instituciones financieras incorporar a señalados por actos ilícitos a la Lista de Personas Bloqueadas.
Esta medida, de carácter cautelar, comenzó a utilizarse desde el 2014, como parte de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional y con el fin de prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones de lavado de dinero dentro del sistema financiero.
La UIF, en su carácter de unidad administrativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tiene la facultad de indagar los movimientos dentro del sistema financiero y, en su caso, presentar las denuncias ante las autoridades correspondientes, como la Procuraduría Fiscal o la Fiscalía General de la República, para que éstas inicien las investigaciones correspondientes.
Sin embargo, a partir de una serie de decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el tema de congelamiento perdió robustez jurídica, ya que el tribunal supremo determinó que es una medida inconstitucional y sólo es efectiva cuando una autoridad u organismo internacional solicite dicha medida a la autoridad mexicana.
“Hay que aumentar la transparencia del uso de esta medida y hay que pensar en realmente cuáles serán sus alcances y si nos puede llevar a niveles más elevados de decomisos, abandonos y extinción de dominio, para evaluar su efectividad”, puntualizó Vélez.
En octubre pasado, El Economista informó, con base en una solicitud de transparencia que, del 1 de diciembre del 2018 a agosto del 2021, 176 personas ligadas al narcotráfico y crimen organizado habían litigado para que se desbloquearan sus recursos, inicialmente congelados a petición de la UIF.
De acuerdo con la estadística, del inicio de esta administración a enero pasado, al menos 219 personas fueron eliminadas de la LPB y desde el inicio de la medida de congelamiento, la cifra asciende a 1,743.
“El estado de fuerza de investigación del país prácticamente tiene vedada esta posibilidad de intervención y, entonces, el crimen organizado sigue haciendo de las suyas en materia financiera”, detalló Lara Rivera.
Recientemente se avaló una nueva reforma en el Congreso de la Unión que quita la obligación a la UIF de notificar el bloqueo de cuentas a los usuarios; esta obligación ahora será de las instituciones bancarias.
Información de El Economista